Los trabajadores de la educación estamos en paritarias. A partir del año 2006 y luego de 17 años de reclamos, luchas y con la convicción de que esta era la única herramienta para lograr modificar condiciones de trabajo, estamos discutiendo en provincia de Bs. As como mejorarlas. Es probable que a esta altura del partido muchos compañeros y compañeras crean que esto es un regalo del cielo o que sólo se logró porque el sindicato se lo impuso como meta a conseguir. Ni lo uno ni lo otro. Hoy estamos los trabajadores en general discutiendo en paritaria porque estamos siendo protagonistas de otro país en el cual los trabajadores hemos sido y somos motor de cambio de un país con más trabajo y con más redistribución de la riqueza.
Plantear y obtener mejores condiciones laborales es avanzar en la distribución de la riqueza. No hablo de distribución del ingreso, hablo de la distribución de la riqueza es decir de lo producido por la totalidad del pueblo argentino. INGRESO ES GENTE, RIQUEZA ES PUEBLO. Estas paritarias sin un SUTEBA organizado un CTA con un fuerte compromiso social serían solamente comisiones negociadoras de salario.
Nadie puede poner en discusión que somos un gremio mayoritariamente femenino. De ahí que, en parte, la paritaria debe servir también para acordar mejoras en cuestiones de genero en nuestro sector. Extender la licencia por maternidad de 135 a 210 días no es ni más ni menos que un acto de estricta justicia al que deberán dar cuenta en primer lugar los delegados paritarios y en segundo lugar el estado provincial.
No hagan demagogia con nuestro noble y primigenio echo de dar “vida” cumplan con nuestro derecho y necesidad. ¿Cuántas compañeras toman licencia extraordinaria con posterioridad al parto? ¿Cuántas compañeras toman licencia sin goce de haberes después del nacimiento de su hijo o hija? ¿No es un derecho que tenemos como trabajadoras y un mínimo reconocimiento que el Estado debe tener con nosotras? ¿Este Estado que no es el mismo que el del menemismo o el de la nefasta experiencia de la Alianza, no tendrá que priorizar la relación madre –hijo en sus primeros meses de su nueva vida?
Si al mismo tiempo se extiende la licencia por adopción hasta que el menor tenga 18 años y no hasta los 7 años como lo prevé el Decreto 688 que reglamenta nuestro Régimen de Licencias, quizás estemos ante la presencia de convertir en nuestro derecho nuestra necesidad
.
POR TODO ESTO EXIJAMOS QUE EN LOS PROXIMOS ACUERDOS PARITARIOS ESTE CONTEMPLADO
A) LA EXTENSIÓN DE LA LICENCIA POR MATERNIDAD A 210 DIAS
(A los agoreros de la derrota o del cambiar todo para no cambiar nada, les recuerdo que tiene media sanción de ley en la Pcia de Buenos Aires para los empleados amparados en la ley 10430 de la Administración Pública)
B) EXTENSIÓN DE LA LICENCIA POR ADOPCION HASTA LOS 18 AÑOS DEL MENOR.
Viviana Guido
Plantear y obtener mejores condiciones laborales es avanzar en la distribución de la riqueza. No hablo de distribución del ingreso, hablo de la distribución de la riqueza es decir de lo producido por la totalidad del pueblo argentino. INGRESO ES GENTE, RIQUEZA ES PUEBLO. Estas paritarias sin un SUTEBA organizado un CTA con un fuerte compromiso social serían solamente comisiones negociadoras de salario.
Nadie puede poner en discusión que somos un gremio mayoritariamente femenino. De ahí que, en parte, la paritaria debe servir también para acordar mejoras en cuestiones de genero en nuestro sector. Extender la licencia por maternidad de 135 a 210 días no es ni más ni menos que un acto de estricta justicia al que deberán dar cuenta en primer lugar los delegados paritarios y en segundo lugar el estado provincial.
No hagan demagogia con nuestro noble y primigenio echo de dar “vida” cumplan con nuestro derecho y necesidad. ¿Cuántas compañeras toman licencia extraordinaria con posterioridad al parto? ¿Cuántas compañeras toman licencia sin goce de haberes después del nacimiento de su hijo o hija? ¿No es un derecho que tenemos como trabajadoras y un mínimo reconocimiento que el Estado debe tener con nosotras? ¿Este Estado que no es el mismo que el del menemismo o el de la nefasta experiencia de la Alianza, no tendrá que priorizar la relación madre –hijo en sus primeros meses de su nueva vida?
Si al mismo tiempo se extiende la licencia por adopción hasta que el menor tenga 18 años y no hasta los 7 años como lo prevé el Decreto 688 que reglamenta nuestro Régimen de Licencias, quizás estemos ante la presencia de convertir en nuestro derecho nuestra necesidad
.
POR TODO ESTO EXIJAMOS QUE EN LOS PROXIMOS ACUERDOS PARITARIOS ESTE CONTEMPLADO
A) LA EXTENSIÓN DE LA LICENCIA POR MATERNIDAD A 210 DIAS
(A los agoreros de la derrota o del cambiar todo para no cambiar nada, les recuerdo que tiene media sanción de ley en la Pcia de Buenos Aires para los empleados amparados en la ley 10430 de la Administración Pública)
B) EXTENSIÓN DE LA LICENCIA POR ADOPCION HASTA LOS 18 AÑOS DEL MENOR.
Viviana Guido
1 comentario:
compañeros el blog esta buenisimo. esta bueno par que nos podamos contactar.
vamos adelante
Publicar un comentario